domingo, 29 de mayo de 2016

RÉGIMEN LABORAL EN PERU , EL PAÍS QUE MAS CRECE EN AMÉRICA LATINA

VÍCTOR FERRO DELGADO. EXPERTO EN DERECHO DEL TRABAJO
“Perú tiene régimen laboral similar al de países más desarrollados”
Entrevista. Las normas peruanas sobre empleo deben apuntar hacia la formalización, indicó el especialista condecorado por el Ministerio de Trabajo por su trayectoria profesional y académica, quien detalló que la estabilidad laboral es un tema por revisar.
Paul Neil Herrera Guerra pherrera@editoraperu.com.pe

¿Qué significa recibir la Condecoración de la Orden del Trabajo en el Grado de Comendador?
–Es un honor que recibo con la mayor humildad y como un estímulo para continuar en el esfuerzo por tratar de contribuir a la reflexión sobre lo que debe ser el derecho del trabajo en el Perú.
–¿Cómo evalúa el desarrollo del derecho laboral peruano?
–Nuestro derecho laboral, en muchos aspectos, es semejante al que rige en las sociedades más desarrolladas, e incluso en determinados aspectos confiere niveles de protección superiores, lo cual implica evaluar si nuestros niveles de productividad coinciden con ese nivel de protección imperante hoy en varios aspectos laborales.
–¿Conviene introducir algunos cambios?
–Definitivamente. Hemos generado una estructura de instituciones laborales que no se aplica a la inmensa mayoría de trabajadores. El 74% de la PEA asalariada trabaja en la informalidad; en consecuencia, el principal problema laboral que tenemos es ese y, por ende, crear más y mejores beneficios para que sean aplicados cada vez a menos trabajadores es un contrasentido. Tampoco podemos pretender que reduciendo el nivel de derechos laborales automáticamente llegarán las inversiones que queremos o que un régimen de menores derechos derivará automáticamente en la formalización. Un tema sustancial por revisar es la estabilidad laboral.
–¿Hay que flexibilizarla?
–Hemos ingresado a un régimen de cuasiestabilidad laboral absoluta. Gracias a los fallos del Tribunal Constitucional tenemos un régimen notoriamente rígido, uno de los sistemas más rígidos en el mundo en materia de estabilidad laboral. Se requeriría una enmienda constitucional que establezca aquellos supuestos en los cuales solo corresponde la reposición y cómo la estabilidad relativa es el mecanismo natural para resarcir al trabajador que ha visto afectado sus derechos en materia de estabilidad laboral.
–¿Hacia dónde debe apuntar el derecho laboral peruano?
–Debe permitir la formalización. Hoy el derecho laboral ha levantado barreras muy difíciles de franquear por la empresa que está luchando por su subsistencia. Tenemos un régimen que termina, en muchos casos, forzando la informalidad. Más que acentuar regímenes diferenciados lo que nos corresponde es apuntar a un régimen común que también tenga en cuenta un desarrollo de la negociación colectiva. Estoy convencido de que la negociación colectiva es el mejor instrumento para que empleadores y trabajadores puedan establecer de común acuerdo el nivel de beneficios que realmente puede aplicar la empresa.
–¿Cuál sería entonces la agenda laboral para los próximos años?–Fomentar la negociación colectiva, revaluar nuestros derechos laborales y apuntar a un régimen que fomente la formalización.
–¿Debe aprobarse ya la Ley General del Trabajo?
–Deben revisarse algunos temas del proyecto de esta norma para aggiornarlo en función a la evolución jurisprudencial.
Norma procesal y actuación de la judicatura
–¿Cómo evalúa la aplicación de la nueva Ley Procesal del Trabajo?
–Nos causó mucho entusiasmo. Ha sido un notorio avance su promulgación, pero lamentablemente las estructuras y la capacidad del Poder Judicial para implementarla no ha ido de la mano. Hay audiencias que se están programando para mayo, junio, de 2017. Eso es inaceptable. Si el Poder Judicial no logra adecuarse razonablemente al anuario procesal es porque no tiene los recursos necesarios para contar con mayor cantidad de jueces calificados para manejar esta disposición. –¿La Corte Suprema debe continuar unificando criterios laborales?
–Sí, pero previo debate especializado, intenso y no solo con un cónclave de jueces que no necesariamente manejan las últimas doctrinas que corresponden a esta materia. Se requieren estos planteamientos doctrinarios acorde con nuestra realidad, pero acompañados de esa reflexión previa.
–¿El derecho laboral se desarrolla más por el lado de la jurisprudencia vinculante ?
–Definitivamente. La jurisprudencia y la legislación tienen un rol por cumplir, pero lo que no debe producirse es un disloque entre lo que corresponde a los principios constitucionales, a lo que consagra la legislación y a lo que ha sido materia de criterios jurisprudenciales.
Docencia
A juicio de Víctor Ferro, el quehacer profesional en materia laboral ha tenido un desarrollo exponencial, y en la mayoría de facultades de Derecho, el derecho del trabajo concita cada vez mayor interés de los alumnos preocupados por dicho quehacer.
Ante ello, considera necesario acentuar en las clases vinculadas a esta disciplina jurídica la reflexión docente sobre los desarrollos jurisprudenciales.
A las nuevas generaciones de abogados laboralistas sugiere reflexionar en forma constante sobre el derrotero que ha seguido el derecho del trabajo en el Perú.  Tomado de el peruano 

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